A todos nos gustan los cupones y los descuentos, especialmente cuando implican un pequeño regalo de parte de nuestros establecimientos favoritos.
Sin embargo, en algunas ocasiones, los restaurantes se niegan a hacer válidas las promociones. Este es el caso de un cliente que fue ofendido dentro de un establecimiento de comida rápida por parte del gerente. El usuario, que en la plataforma de TikTok lleva por nombre @Pablo_carnitas, narra en su video que en el marco del Día de la Hamburguesa asistió a Burger King para disfrutar de unas deliciosas hamburguesas.
Al querer hacer válida la promoción de ese día, al usuario le apareció otro cupón que mencionaba una hamburguesa gratis. Debido a esto, se acercó al mostrador para pedir que le hicieran válida la promoción. El joven le pidió a la cajera que le explicara el funcionamiento de los cupones, pero al no tener suficiente información, la mujer decidió llamar al gerente del establecimiento. Con una actitud déspota, el gerente le dijo: «¿Sabes que en Burger King no regalamos hamburguesas? Si diéramos una hamburguesa, se nos acabaría la tienda, ¿verdad?»
En ese momento, el usuario comenzó a grabar el video. El gerente continuó con su agresión, diciéndole: «Si quieres comida gratis, están los bancos de comida». En ese momento, se escucha cómo el usuario le increpa al gerente que las promociones deben respetarse como están escritas. A lo que el hombre a cargo de la sucursal respondió: «A ver, regálales al muerto de hambre una hamburguesa».
Hasta el momento, el usuario sostiene que la empresa no se ha contactado con él para ofrecer una disculpa e instó a los internautas a no soportar estos malos tratos.
¿Qué dice la Ley Federal del Consumidor?
Según la Ley Federal del Consumidor, en su artículo 50, si el establecimiento no cumple con la oferta, deberá hacer el pago del equivalente de la promoción o tendrá derecho a recibir otro bien similar al promocionado.
Si el autor de la promoción u oferta no cumple su ofrecimiento, el consumidor podrá optar por exigir el cumplimiento, aceptar otro bien o servicio equivalente, o la rescisión del contrato. En todo caso, el consumidor tendrá derecho al pago de la diferencia económica entre el precio al que se ofrece el bien o servicio objeto de la promoción u oferta y su precio normal.